Asesoramiento a las empresas ante las novedades fiscales

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Como cada día 1 de enero comienza un nuevo ejercicio fiscal en el que tanto las empresas o empresarios como los particulares tienen que rendir cuentas y presentar sus declaraciones o resúmenes fiscales anuales ante la Administración Tributaria del Estado. La correcta cumplimentación de los modelos correspondientes a cada tipo de impuesto, su presentación dentro del plazo correspondiente o el ingreso de los importes resultantes de cada impuesto es sumamente importante con el fin de evitar las sanciones o recargos que pudieran llegar a producirse. 

En lo que concierne a este recién estrenado año 2021 debemos tener en cuenta que se han producido algunas novedades introducidas por determinadas Órdenes Ministeriales de reciente aprobación, por lo que como asesoramiento y en atención a las empresas que pudieran verse afectadas por estas modificaciones vamos a realizar un pequeño resumen:

  • Modelo 180. (Declaración informativa, Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos. Resumen anual). Se modifica para actualizar los códigos de los inmuebles incluidos en esta declaración.
  • Modelo 182. (Declaración informativa. Donativos, donaciones y aportaciones recibidas). Se modifica para incluir la información relativa al titular del patrimonio protegido en los registros tipo 2.
  • Modelo 187. (Declaración informativa. Acciones y participaciones representativas del capital o del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva y resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF, IS e IRNR en relación con rentas o ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de transmisiones o reembolsos de esas acciones y participaciones y derechos de suscripción).  Se incluye un nuevo campo bajo el concepto de “pago a cuenta por socio/partícipe”.
  • Modelo 198. (Declaración informativa. Declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios). La Orden HAC/1279/2019, de 19 de diciembre, aplazó un ejercicio los cambios aprobados en dicha norma, por lo que además de su entrada en vigor se introducen algunas modificaciones.
  • Modelo 231. (Declaración informativa. Declaración de información país por país). Se introducen cambios técnicos y en el anexo del modelo.
  • Modelo 233. (Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados). Se introducen nuevos campos para identificar la Comunidad Autónoma. 
  • Modelo 289. (Declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua). Hay novedades en relación con la obligación de presentar el modelo y se actualizan los contenidos de los anexos I y II a la situación actual de los países con intercambio de información.

Asimismo, en aras de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y tributarias a cada uno de los contribuyentes se actualizan nuevos trámites que a partir de ahora estarán disponibles en la página web de la administración tributaria sin necesidad de desplazamiento presencial en las oficinas de la administración. Entre estos nuevos trámites se encuentran los siguientes:

  • Apoderamiento electrónico. A partir del 16 de septiembre del 2020, es posible dar de alta el poder de representación sin intervención del poderdante. 
  • Acreditación online. Para la solicitud de certificados de representante de persona jurídica de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre correspondiente a entidades cuyo Número de Identificación Fiscal comience por las letras A, B, C o D.
  • Se extiende y mantiene el sistema TGVI online (Transmisión de grandes volúmenes de información), eliminándose la presentación vía TGVI tradicional, para de esta manera asegurar la calidad de la información, ya que la presentación tradicional permitía la entrada de registros con errores, mientras que el sistema online permite solo registros correctos. Esta vía de presentación es obligatoria para ficheros voluminosos de más de 40.000 registros y opcional para declaraciones con un menor número de registros.  

Declaraciones Informativas

Denominados también resúmenes anuales esta es la información que deben presentar las empresas o sujetos pasivos a la administración. Su función tiene una doble dirección, por un lado, proporcionan de una forma anual un gran suministro de información a la administración, permitiendo que esta realice funciones de comprobación y cruce de datos entre los diferentes suministradores de información, y por otro lado estos datos se utilizan como base para la elaboración de los borradores fiscales de los contribuyentes, como por ejemplo ocurre con el modelo 190. Esta es la declaración informativa referida a los rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de rentas que deben hacer todas las empresas del país. Así, Inditex, la filial de Amazon en España, Giona premium glass o Prisa, entre otras muchas compañías, tienen que presentar ante la agencia tributaria sus cuentas anuales.

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